Aunque el artículo 214 del reglamento penitencirio habla de una “historia clínica individual que deberá serle abierta a todo interno”, y el artículo 215, sobre “confidencialidad de los datos clínicos e información sanitaria”, establece que “los internos tendrán en cualquier caso derecho a ser informados de forma clara y comprensible sobre todo lo referente a su estado de salud, así como a la expedición de los informes que soliciten, uno de los problemas con que se encuentran las personas presas gravemente enfermas es la gran dificultad para conseguir esos informes o tener acceso a sus historias clínicas, tan recurrente que cabe sospechar que esas historias, en muchos casos, ni siquiera existen. Un aspecto más de la catástrofe médico-sanitaria y el desprecio de su derecho a la salud que deben soportar las personas presas en las cárceles del Estado español. Aunque con retraso, publicamos por su gran interés en relación con la lucha colectiva que se está preparando para septiembre próximo, esta carta de un compañero preso en lucha, donde nos explica cómo se “aplican” esos artículos reglamentarios en el aislamiento de Estremera y cómo se responde con “sanciones disciplinarias” a las reclamaciones totalmente legítimas y legales de las personas presas para que se respeten sus derechos.
Estremera, 18 de julio de 2019
Salud y pronta libertad a lxs que de corazón luchais por una sociedad sin jaulas, dentro y fuera. Ánimo y fuerzas.
Os pongo en conocimiento las represalias que están tomando conmigo por redactar unos escritos a Jonathan Colás Olmedo. En primer lugar, me dirijo al “director” y a los “servicios médicos”, solicitando el expediente médico de Jonathan (se va en libertad, mañana día 19 de julio desde este búnker) En base al art. 215.2 del reglamento penitenciario, esperamos respuesta que no llegó nunca, así que, denuncié a la dirección y a los servicios médicos, al juzgado de guardia de Estremera y al juzgado de vigilancia penitenciaria Nº 5 de Madrid. La denuncia es doble, primero, por silencio administrativo y, segundo, por la vulneración del art. 215.2 del R.P.
Directamente, las acciones que tomó el médico de turno, fueron negarle el Ventolín que necesita, ya que padece asma crónica. Jonhy “contraataca” tragándose dos pilas y cristales. Le sacaron a la enfermería (tras “liarla” en la galería, picando a los carceleros y golpeando las puertas, él y yo). Le dieron el Ventolín (rodeado de una veintena de carceleros que nada bueno tramaban), pero no le sacaron al hospital. Tampoco le dieron nada, ningún medicamento para expulsar las pilas, tirándose siete días con las pilas en el cuerpo. Y los cristales, claro. En la enfermería, los carceleros le dijeron “ya está Chavero dándote malos consejos, no te dejes liar. No os cambiamos de galería porque te quedan siete días para irte en libertad…”
Yo, en ningún momento le dije que se tragase pilas, fue por su impotencia por lo que lo hizo, porque necesitaba el Ventolín, pero estas perráncanas continúan pensando que instrumentalizo a presxs con el fin de evadirnos, con ocasión de salidas hospitalarias, juzgados, etc., con apoyo interno y externo; que soy una mala influencia para lxs presxs, ya que les adoctrino en los ideales anarquistas o libertarios. Yo les digo que si ayudar a lxs presxs a tener conocimientos del entorno carcelario, del negocio-cárcel, si les ayudo a conocer sus derechos y libertades, si les enseño a realizar escritos en defensa de las maldades carcelarias, si les animo a reivindicar, si les digo que dejen la “química” y entrenen conmigo, etc…
¡¡¡Sí, soy culpable, señorías, y lo seguiré siendo mientras esté secuestrado conmis comapñerxs presxs en lucha!!!
Las represalias contra mí han sido inmediatas, un parte de catorce días de aislamiento y treinta de privación de paseos, por “agredir, amenazar, coaccionar a personas” (MUY GRAVE) y otro por “inutilizar dependencias de elevada cuantía” (GRAVE) por dar cuatro puñetazos a un cristal generándose una pequeña grieta (un “pelo”, en el argot de lxs “chorizxs”). Eso sí, de las ventanas que tenemos soldadas, nada. A palmar de calor a no ser que tengas treinta pavos para un ventilador de los chinos, el negocio funciona.
Por otro lado, la jueza del juzgado de vigilancia penitenciaria Nº 4 de Castellón, mantiene los seis días de aislamiento porque en noviembre pasado, se negaron a darme la cuchilla de afeitar y el palo para barrer y fregar su celda que, desgraciadamente, yo habitaba. Se supone que me han privado “del derecho y del deber” de ir aseado los días 18, 19 y 20 de noviembre de 2018, durante su falaz huelga de carceleros, allá en Castellón. Pero como cuatro meses después (una vez que tenía pedida la cunda a Madrid), los carceleros dijeron en dicho parte “que les amenazé y les llamé hijos de puta y demás”, cuando lo único que les dije fué que si me privaban de mis derechos (y, en este caso, obligaciones), me veía obligado a denunciarles, como hice, claro está. Pero el corporativismo de esta jueza y de todos los jueces de vigilancia penitenciaria, es abuso. Los hechos ocurridos durante la huelga de carceleros el 18, 19 y 20 de noviembre de 2018, los sancionan en el mes de mayo de 2019.
Visto lo de siempre, no me queda otra que continuar elevando la defensa, a base de resursos, hasta el TIDH (Tribunal Internacional de Derechos Humanos), si es menester. Y así estoy, sólo comentaros que la desidia y el sarro de instituciones penitenciarias no tiene parangón pero este preso tampoco tiene cosa mejor que hacer que tirar de “boli” hasta que me asesinen. (…)
Mientras tanto, os deseo Salud y Libertad, compañerxs.
Fuente: Tokata