El feminismo como movimiento político y propuesta de transformación está atravesado de debates, conflictos y nudos problemáticos. Uno de estos encarnecidos debates en las últimas décadas se centra en los límites del Derecho Penal para abordar las violencias específicas que sufren las mujeres por el hecho de serlo. ¿El aumento de penas de prisión y el mayor número de encarcelamientos está resultado efectivo para frenar la violencia contra las mujeres? ¿Cuáles son los riesgos del aumento del castigo penal para la propia causa feminista?
Qué es el punitivismo
La creencia de que el castigo por sí solo puede remediar graves problemas sociales tiene un hondo calado en las actuales sociedades. La violencia y la represión son fundadoras del orden social y de la seguridad ciudadana, que descansa en un brazo represor. Es la concepción del “el hombre es un lobo para el hombre” y el Poder se encarga de ponerle límites. A esta creencia cuasi mística de que la mano dura construye sociedades seguras autores como Jorge Ollero la han llamado “penalismo mágico” , y señalan la falta de evidencias científicas que existe entre el aumento del castigo penal y la disminución de los delitos.
El punitivismo es una tradicional arma electoral en los debates políticos. El populismo punitivo consiste en centrar el debate de manera sensacionalista sobre concretos problemas de seguridad ciudadana y hacer promesas electorales de resolución de estos a través del aumento de penas. Piénsese en el terrorismo, en la ocupación de viviendas o en las violencias sexuales.
El concepto de seguridad ciudadana que utiliza el populismo punitivo es muy estrecho y está ligado a la seguridad pública, la que se ve en las calles, olvidando que la seguridad tiene una dimensión material que tiene que ver con el acceso a la renta, a la vivienda o a la sanidad, entre otras cuestiones. Inseguridad ciudadana también es no llegar a fin de mes.
De hecho, los procesos de recortes de derechos sociales y el desmantelamiento del Estado del Bienestar y han corrido en paralelo al endurecimiento y expansión del Derecho Penal en las últimas décadas. A medida que el brazo protector de los Estados se debilita y se recortan ayudas y servicios públicos, el brazo punitivo se refuerza y se construyen más cárceles, se compra más material antidisturbios y se endurecen las penas.
Velar por la seguridad y la indemnidad sexual de las mujeres siempre ha sido una buena excusa para reforzar el brazo castigador del Estado, aumentar las penas de prisión, instaurar la cadena perpetua, recoger firmas a favor de la pena de muerte y hasta justificar invasiones armadas. Lamentablemente, aupado también por algunos sectores del movimiento feminista.
El debate sobre las agresiones sexuales y el consentimiento en torno a la ley del solo sí es sí ha vuelto a centrar la solución de los problemas en la duración de las penas de prisión de los agresores como la variable principal para abordar la complejidad del problema de las violencias sexuales.
La alianza entre el feminismo y el punitivismo no es deseable. Podría dar una respuesta corta a este debate diciendo que simplemente el castigo penal no funciona para aminorar las violencias machistas. Por ejemplo, a pesar del aumento de penas para los delitos de violencia de género y a pesar de que cada vez hay más hombres presos por este delito el problema no se ha reducido. El punitivismo no funciona, el castigo no disuade a los agresores.
Pero existen otras razones de por qué el feminismo y el punituivismo son antagónicos en esencia. Por un lado, porque la propia forma de impartir el castigo penal es patriarcal. Existe una autoridad externa que concentra poder y ostenta el monopolio de la violencia, valora el daño e impone la pena. No existen espacios para la participación en la resolución de conflicto por parte de las personas implicadas y su entorno. Quizás no en todos los casos puedan existir estos espacios de autonomía en la búsqueda resolución porque no es igual a una agresión sexual múltiple a que te toquen el culo andando por la calle. Pero en todos los casos que se den las condiciones será preferible el acompañamiento en estos espacios de autonomía para buscar soluciones al daño y recortar el paternalismo y la tutorización del Poder Judicial. La concentración de poder y el autoritarismo son antifeministas en tanto en cuanto dificulta el objetivo último de igualdad que persigue el feminismo.
Por otro lado, las cárceles, las expulsiones, y las multas siempre terminan afectando a quien más difícil lo tiene en la estrecha jerarquía social, a la gente más pobre y que más se aleja del ideal de lo que hay que ser. Las cárceles están llenas de pobres, con un alto porcentaje de representación de personas racializadas. Y también de mujeres pobres, pues en España tenemos un índice de mujeres encarceladas superior a la media europea; en su inmensa mayoría lo están por delitos contra el patrimonio y contra la salud pública, o sea por delitos de pobres. Las estructuras que perpetúan desigualdad social, como es el actual sistema carcelario, también es intrínsecamente antifeminista y contrario al objetivo de igualdad que persigue el feminismo.
Finalmente, existe una respuesta más honda al asunto y es que el Derecho Penal, la Justicia, las fuerzas de seguridad y las cárceles tienen como finalidad última sostener este el status quo -el orden vigente-, ese que condena a las mujeres al lugar de subalternidad que el feminismo combate. Posiblemente el feminismo va a seguir necesitando enfocar también su lucha desde las instituciones, mientras se lleva a cabo la trasformación. Pero este uso ha de hacerse de manera crítica, sabiendo que estas instituciones forman parte del orden que hay que subvertir, y que nadie desmonta la casa del amo con las herramientas del amo.
El feminismo lucha por la igualdad real de todas las mujeres, lo que requiere una impugnación global del orden económico y social. Todas las violencias contra las mujeres provienen de la sub-humanidad a la que el orden económico las condena para que cubran el trabajo reproductivo gratis o mal pagado que posibilita la acumulación de los grandes capitales. Cualquier institución que no cuestione este injusto reparto de la riqueza y el trabajo con base en el género o la raza son instituciones que hay que reformar.
Qué es la justicia restaurativa
Lo que al feminismo de verdad le interesa es que deje de haber violencia específica contra las mujeres. Buscar soluciones que de verdad funcionen y no se vuelvan en contra de las propias mujeres. Lo que nos debe preocupar no es que “echen a violadores a la calle”, es que los echen sin reinsertar. El debate no es uno o dos años más de prisión, el debate es si la pena está orientada o no a la reinserción social. Porque los uno o dos años de más de prisión no nos libra de las agresiones machistas.
Es fácil conectar con la emoción que genera la venganza, y los políticos reaccionarios y los medios de comunicación hegemónicos lo saben bien. El “qué se pudran en la cárcel” causa un efecto balsámico de sentir que la gente de bien tiene el control. Sin embargo, literalmente la venganza no funciona, no nos libra de las violencias que tiene su origen en causas estructurales. De hecho, las cárceles actuales son máquinas de generar exclusión y empobrecimiento que se traduce en más violencia social.
El enfoque actual del Derecho Penal es vengativo, se aplica calculando el daño social que ha causado el delincuente e imponiendo un sufrimiento equivalente al que ha provocado, esa es la pena. A más daño causado, más daño se le infligen: más años de privación de libertad o de multa.
Quienes abogamos por un enfoque restaurativo del Derecho Penal queremos que el objetivo real de la pena sea la reparación de la víctima y la reinserción de quien agrede, incluyendo a la sociedad en este proceso. Para restaurar a la persona que sufre el daño, hay que escucharla. Cada víctima, dependiendo de las circunstancias del daño, requiere algo diferente para la restauración. Hay personas que no quieren ver nunca más al agresor y olvidarlo todo. Hay quien necesita que le pidan perdón para su proceso de restauración, y hay quien necesita que el agresor asuma la responsabilidad públicamente. Se trata de oír y acompañar un proceso de sanación. Reinsertar a quien causa el daño consiste en posibilitar que la persona asuma su responsabilidad, desee restaurar a la persona dañada y se comprometa con este proceso. Por último, incluir a la comunidad consiste en dar un enfoque colectivo a los problemas, no es un problema privado entre un agresor malo y una víctima buena, la mayoría de las violencias responden a causas estructurales que deben estar presente en un proceso restaurador.
La justicia restaurativa no es impunidad, todo lo contrario, se trata de que el agresor asuma responsabilidades para con la persona dañada y la comunidad. No se trata de que mañana abramos todas las cárceles, se trata de que el sistema penal esté pensado para solucionar los problemas de raíz y no solo para recetar castigos sin ningún efecto más allá de generar más pobreza y exclusión.
El feminismo debe abogar por un enfoque restaurativo del Derecho Penal y no vengativo. No por una cuestión esencialista sobre la bondad de la naturaleza femenina, sino porque la trasformación radical de un orden patriarcal requiere subvertir todas las relaciones de poder, también las del monopolio del castigo y la violencia.
La justicia feminista está por construir desde las calles, las academias, las instituciones y los tribunales, pero sin duda un enfoque restaurativo del Derecho Penal que nos aleje de concepciones punitivistas y reaccionarias tiene mucho que decir en este proceso. Se trata de cambiarlo todo hasta que caiga el patriarcado y ya no hagan faltan cárceles.
Fuente: pikaramagazine