La primera ley después de la dictadura, la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP), tenía que regular las condiciones de vida dentro unas cárceles que se vaciarían de presos y presas políticos, pero que seguirían llenas de los (mal) llamados «presos comunes o sociales» (como si la toxicomanía, el analfabetismo o la pobreza, en definitiva, no fueran cuestiones políticas). Entre otros aspectos del día a día, la LOGP establece que en cada prisión debe haber una escuela, ya que, por su naturaleza de derecho fundamental, no se podrá excluir del derecho a la educación a las personas que se encuentren cumpliendo una pena privativa de libertad.
Expresiones punitivas en la emergencia de la COVID-19
Son muchas las dimensiones desde las que se puede analizar esta emergencia de la COVID-19: económicas, culturales, geopolíticas, desde la biopolítica, desde los feminismos… como excelentemente y en tiempo record han hecho, entre otros, Agamben, Butler, Preciado, Galindo (1) o Jiménez Franco. Yo quisiera centrarme exclusivamente en una dimensión muy concreta, en la dimensión de la respuesta punitiva a este acontecimiento y en un lugar específico, el Estado Español, si bien algunas de las reflexiones bien puedan servir para otras realidades territoriales.
Trataré de exponer cómo, a mi parecer, se relacionan algunas de las decisiones para el abordaje de la emergencia de la COVID-19 con la cuestión del abordaje del delito, de la pena y más ampliamente con la cultura sociopolítica basada prácticamente en exclusiva en lógicas del castigo y sus dispositivos. Creo que pensar la cuestión desde esta perspectiva es fundamental ya que los abordajes a esta emergencia se están dando desde este lugar, es decir, desde las prácticas que ya tenemos como sociedad. Con estas prácticas, con estas herramientas, estos bagajes, son con los que estamos tortuosamente transitándola (Así también Rodríguez Alzueta). La pregunta que me hago es: ¿acaso era/es posible otro modo de afrontar la pandemia al modo en que lo estamos haciendo? Considero que la respuesta es negativa porque las medidas que se han adoptado para afrontar esta crisis –en sus distintas dimensiones– no son casuales. Son simplemente el reflejo y resultado de la sociedad que tenemos. De las prácticas sociales que concurren en la respuesta a la COVID-19 algunas son más evidentes y otras no tanto. Nombraré y ejemplificaré aquellas prácticas sociales que se pueden reconducir en sentido amplio a expresiones punitivas y su presencia en la respuesta a esta crisis, apuntando algunas semejanzas o relaciones entre la respuesta a la emergencia y esas lógicas punitivas. En este sentido quisiera mencionar la concurrencia tanto de prácticas punitivas horizontales, es decir, entre miembros iguales de la sociedad basadas fundamentalmente en la cultura de la delación (que se enmarcan en el llamado control social informal) y las verticales o estatales, más claramente enmarcables en prácticas de castigo, abuso y hostigamiento –control social formal–.