La Inquisición Penitenciaria: a propósito de la prohibición de un libro

Hace poco más de un año publicábamos el libro «La radicalización del racismo. Islamofobia de Estado y prevención antiterrorista» (Cambalache, 2019) con la intención de denunciar el racismo de Estado que se reproduce a través de las políticas de “prevención del extremismo violento”.

En el libro se presenta el caso de Mohamed Achraf como una muestra paradigmática de la maquinaria que el Estado pone a disposición del racismo institucionalizado. Tras la publicación del libro, le enviamos un ejemplar a Mohamed a la prisión de A Lama (Pontevedra) para que pudiera conocer cómo habíamos relatado su caso. Sin embargo, Instituciones penitenciarias se negó a entregárselo y, hace unas semanas, la Audiencia Nacional ratificó la decisión de retener el libro “por motivos de seguridad”.

El auto justifica la prohibición alegando “que en las páginas 113 a 115 se reproducen los indicadores que se pueden encontrar en el Instrumento de evaluación de riesgo de radicalismo violento”. Según la Audiencia Nacional, y a pesar de que el “Protocolo Marco de prevención de la radicalización en cárceles” es público, no lo es el “Instrumento de trabajo”. Sin embargo, nosotras encontramos dicho documento en la página del Senado. De hecho, a día de hoy sigue disponible, de libre acceso, en internet.

El auto judicial también dice que el conocimiento de dichos indicadores por parte de Mohamed supondría la posibilidad de que el “propio interno adaptase artificialmente su conducta a los diferentes parámetros generales de estudio y seguimiento, evadiendo las actividades de observación, intervención y/o tratamiento penitenciario en su caso”. Al tener acceso a dichos indicadores, personas que Instituciones Penitenciarias considera en posible proceso de radicalización, podrían “burlar o distorsionar la valoración por los profesionales sobre el grado de radicalización y de la evolución penitenciaria del interno, así como perjudicar la eficacia del tratamiento penitenciario”.

Sin embargo, en nuestro libro argumentamos que, tal y como el propio Mohamed ha denunciado, esos mecanismos de detección no son más que una manera de sofisticar el racismo islamófobo del funcionariado de cárceles, legitimado y amparado por toda la maquinaria política, judicial y mediática de criminalización de las personas musulmanas, y muy especialmente de los hombres musulmanes.

Mohamed no necesita leer la lista de indicadores para saber qué actitudes suyas se consideran “signos de radicalización”. Entre otras razones, porque se encuentra encarcelado bajo la ley antiterrorista. Por tanto, desde el primer día que entró en prisión fue considerado “radical” por parte de Instituciones Penitenciarias, la Audiencia Nacional, la policía y todos los agentes del orden de este país. Mohamed fue condenado a catorce años de prisión en base a pruebas que él afirma fueron manufacturadas y declaraciones de testigos protegidos (que finalmente confesaron haber sido manipulados por la policía) en el marco de un montaje que se llamó “Operación Nova”.

A finales del año 2018, una vez cumplida su condena, y sin haber llegado a pisar la calle, fue retenido en la cárcel acusado otra vez del delito de “captación”. Desde entonces, sigue encerrado en prisión preventiva. Se encuentra en régimen de aislamiento desde que entró en la cárcel en el año 2004 y toda su comunicación, tanto escrita como oral, está sujeta a vigilancia. Es decir, Mohamed está solo en la celda, sale al patio cuatro horas al día, con dos personas como máximo, y no puede comunicarse con nadie sin que Instituciones Penitenciarias lea o escuche lo que se diga en esas comunicaciones. Esto es así en su vida desde hace dieciséis años. Y, sin embargo, ahora lo acusan de ser una especie de “gran adoctrinador” dentro de las cárceles del Estado. Pero, ¿cómo ha podido realizar sus supuestas funciones de captación mientras sufría esta extrema vigilancia? Y, en tal caso, ¿por qué, si se dedicaba a “captar adeptos”, le han trasladado hasta en doce ocasiones, de cárcel en cárcel, por decisión de la Secretaría General de Prisiones? Nada se sostiene y, sin embargo, este sistema lo mantiene encerrado.

El mismo Mohamed ha explicado en varias ocasiones en la plataforma digital de Tokata los castigos que le han infligido en la cárcel. En su texto Un alegato desde la cárcel contra el Protocolo Antiyihadista en prisiones expresa, con mucha más claridad y contundencia que nuestro libro, la crueldad del régimen carcelario hacia los presos musulmanes en general y, en particular, hacia los calificados como radicales y sometidos a los Ficheros Internos de Especial Seguimiento (FIES).

“El programa falso de antiradicalismo pretende criminalizar a los presos comunes musulmanes que practican su culto a ratos y se les considera radicales.”

El falso programa busca colgar medallas, galones y méritos engañándose a sí mismo y engañando a la sociedad porque las personas que mete en dicho programa ni son radicales ni nada y los que se apuntan es por salir de una situación penitenciaria peor (aislamiento, FIES, represalias…) a otra menos mala. Igual que los islamistas condenados por terrorismo que han firmado una conformidad, que no lo hacen porque sean culpables sino para evitar una condena mayor, porque de todas maneras les condenarán porque son musulmanes practicantes”.

Los indicadores que la Audiencia Nacional quiere ocultar no son más que la sistematización de una serie de construcciones islamófobas que circulan en el imaginario social dominante. Estas ideas sobre el islam y las personas musulmanas constituyen y activan el racismo institucional a través de, por ejemplo, el hacer del funcionariado (profesorado, técnicos y burócratas, policías, jueces y la clase política). Las coordenadas que se establecen mediante estos indicadores conceden luz verde a la ejecución de medidas policiales, judiciales y penales que se disfrazan de cientificismo y verdad.

“La seguridad” se ha convertido cada vez más en un subterfugio para defender políticas y medidas descaradamente autoritarias y en un mecanismo de justificación de la violencia del Estado, cuyas víctimas racializadas quedan siempre en la penumbra. “Por motivos de seguridad…”, repiten una y otra vez. Pero, ¿de qué seguridad estamos hablando? ¿A quién protege y a quién no?

En el libro sostenemos —a través de una serie de argumentos que no nos es posible desarrollar en un artículo breve como este— que la razón de la existencia de los protocolos de prevención no se encuentra en la voluntad del Estado de “prevenir”, ni en la de hacer frente a “la radicalización” y a “la amenaza terrorista”; por el contrario, se trata de “dar sentido” a una política interior que se viene sirviendo de la retórica de la migración, el islam y el terrorismo para conseguir rédito político, desviando la atención de los problemas socioeconómicos latentes; entre otros, el acceso a la vivienda, el trabajo, la salud o la educación. Mientras la extrema derecha lo hace de forma descarada y abiertamente racista, el resto de facciones políticas se caracterizan por su silencio o su ambigüedad en relación con las cuestiones que atañen al racismo en general y, en particular, a la política antiterrorista como una de las formas en que dicho racismo se institucionaliza.

En La radicalización del racismo tratamos de explicar que este despliegue de medidas es posible y “adquiere sentido” en tanto que se alimenta de —y reproduce— la deshumanización histórica, sistemática e institucionalizada de las personas musulmanas. Es decir, es el racismo el que facilita la justificación y el consenso social necesario para la naturalización del despliegue de violencias estatales en clave racial.

Para concluir este texto, queremos destacar que Mohamed realiza una labor incansable desde prisión, presentando recursos ante todos los agravios a los que ha sido sometido en las diferentes cárceles durante estos largos años de privación de libertad. Así lo ha hecho también en este caso: ha recurrido la decisión de la Audiencia Nacional alegando que su derecho a la información está siendo gravemente vulnerado y, que, por tanto, reivindica su derecho a que el libro le sea entregado.

Fuente: Tokata