Publicamos un escrito que hemos recibido, en el que el compa Gabriel expone la situación ante su puesta en libertad condicional, desesperado ya que en principio iba a cumplir la condicional en su país de origen (chile) pero con los cierres de fronteras ésto no ha sido posible. Solicita que sea puesto en libertad en españa ya que continúa encerrado tras más de 4 meses desde que se aprobó su condicional.
La situación es bastante compleja y agradecemos difusión y cualquier muestra de apoyo al compañero. Además, se encuentra en huelga de hambre desde el 22 de junio.
LA SOLIDARIDAD NUESTRA MEJOR ARMA!
LA LUCHA EL ÚNICO CAMINO!
«Don Gabriel.W Pinto Maturana con NIS: 8718700507, preso en el C.P de León.
Mediante el presente escrito vengo ante usted para solicitar mi puesta en libertad condicional en España, todo ello en base a las siguientes alegaciones:
Primera: Que por auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de León de 24 de febrero de 2020, se me concedió la libertad condicional al amparo del art.197 del R.P al concurrir todos los requisitos establecidos en el art. 90 del C.P: clasificación en tercer grado, buena conducta y pronóstico favorable de reinserción, llevando preso 25 años ininterrumpidos.
Segunda: La libertad condicional, al amparo de los art.89 y 90.2 del C.P y 197 del R.P, se aprobó para ser cumplida en mi país de origen, Chile. Sin embargo, Chile cerró sus fronteras el 16 de marzo por lo que, por el momento, no es posible dar cumplimiento al auto en sus propios términos.
Tercera: Ante la emergencia sanitaria generada por la enfermedad del COVID-19, se ha señalado a la población penitenciaria como un grupo humano de especial riesgo y vulnerabilidad, conscientes de esta vulnerabilidad de las personas encarceladas la OMS y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos recomiendan alternativas a la prisión preventiva, conmutación de sentencias, libertad anticipada y libertad condicional.
Cuarta: Por otro lado, la situación impuesta por el RD 463/2020 de declaración del Estado de Alarma, con sus fases y prórrogas, determina un control casi total de los movimientos de la ciudadanía, siendo que los desplazamientos están supervisados por las FFCC de Seguridad del Estado, es decir, que el riesgo de comportamientos delictivos que requieran movilidad y la fuga o sustracción a la acción de la Justicia han caido prácticamente a cero. Se pueden reputar prácticamente inexistentes.
Quinta: Tengo dos hijos nacidos en España; Mikel Pinto García, con 30 años de edad, casado y padre de tres hijos (mis nietos), vive en la calle Bogotá número 29, Cartagena (Murcia) y Luis Gabriel Pinto Cantalapiedra, con 28 años de edad y domicilio en la calle Colón número 40 B, en Alcorcón (Madrid). Todo ello consta en mi protocolo social.
Por todo lo expuesto pido se modifique el auto de 24/ 02/2020, cambiando las condiciones y se estime la libertad condicional para cumplirla en España, pues debido a las circunstancias del COVID-19 no me permite estar en Chile en LIBERTAD y se desconoce cuando podría ocurrir, pero dificilmente en fechas cercanas.
Apoyo mi reivindicación con una HUELGA DE HAMBRE INDEFINIDA que iniciaré el 22 de junio de 2020.
En León a 8 de junio de 2020.»
Para escribir al compa:
Gabriel Pinto Maturana
C.P. Mansilla de las mulas
Paraje Villahierro
4210 Mansilla de las mulas (León)
Fuente: Pronoia